Derecho a… ¿qué?
Estaba yo comiendo tranquilamente mientras escuchaba el programa de las dos y media en Telecinco cuando oí algo que me hizo removerme en la silla como si alguien arrastrara sus uñas contra una pizarra.
Os resumo el caso: niña de trece años que hace siete sufre una leucemia, tratada con quimioterapia. Como efecto secundario de la quimio le aparece una comunicación interventricular: un orificio que comunica los dos ventrículos, de modo que la sangre que debería enviarse al cuerpo realmente va al ventrículo derecho. Desarrolla por lo tanto una grave insuficiencia cardíaca: el corazón apenas «funciona». Los médicos le plantean el tratamiento: un trasplante de corazón. Si funciona, se cura, y si no funciona… bueno, de todas formas ya está condenada. Y la niña, agárrense los machos, rechaza ese trasplante. Hasta aquí, ni tan mal; dejo para el final el hecho de que se trate de una muchacha de trece años.
Derechos, rechazo del tratamiento y muerte digna.
El tema es que el locutor de esta tarde ha metido «derecho a morir dignamente» y «rechazar un transplante de corazón» en la misma frase. Y claro, ahí me he mosqueado, he decidido buscar algo, y he encontrado este artículo en la BBC. Sólo el título ya produce arcadas: «Girl wins right to refuse heart» ¿¿QUÉ?? 😯 ¿Me lo repita? ¿Desde cuándo un paciente no puede negarse a un tratamiento, para que el periodista diga que ha «conseguido» ese derecho? O sea que los médicos podíamos obligar a los pacientes a que se traten. Coño, y yo sin saberlo: qué bueno que me lo dijiste, Maripili. Por si queda alguna duda: Ley 41/2002, de autonomía del paciente, artículo 8.1:
Toda actuación en el ámbito de la salud de un paciente necesita el consentimiento libre y voluntario del afectado.
Y la cosa viene de antes. La Ley General de Sanidad, 14/1986, artículo 10.9, afirma que «[El paciente tiene derecho] A negarse al tratamiento» Por consiguiente, ¿qué tiene de extraordinario que un paciente rechace el tratamiento?
- Una cosa es el ensañamiento terapéutico: adoptar medidas extraordinarias para alargar la agonía y aplazar una muerte inevitable y próxima. Por ejemplo, un paciente en la UCI.
- Otra cosa es «morir con dignidad», una frase hecha que significa «eutanasia»: que el paciente pueda decidir sobre su muerte si se prevé que expire próximamente y/o sufre una enfermedad gravemente incapacitante. Por ejemplo, un cáncer terminal.
- Y otra, que no tiene nada que ver, es negarse a recibir un tratamiento curativo. Por ejemplo un trasplante.
Al loro con los matices, especialmente el de «alargar la agonía» y «recibir un tratamiento curativo». ¿Me explicáis ahora qué carajo ha querido decir el periodistilla? Ojo: repito que el paciente está en su perfecto derecho de mandar a tomar por culo al médico que le propone una solución. Pero aquí no estamos hablando del «derecho a una muerte digna» ni de coña. Estamos hablando de un tratamiento cuasicurativo, que mejorará la calidad de vida de la niña.
Paciente menor
Esa es otra. Antes, cuando cité la legislación española, hice como los políticos: decir una verdad a medias. Porque en ambos casos se explicita que el paciente podrá negarse… cuando esté capacitado para ello (Artº 9.3) Un demente no puede. Un niño de cinco años, tampoco. ¿Y una de trece? (o doce, si tenemos en cuenta cuándo dice la BBC que tomó la decisión). No se trata aquí de hablar sobre si el niño se circuncida o no: estamos hablando de una elección vital. ¿Ya está la niña en condiciones de decir que no quiere trasplantarse? Obviamente, si la muchacha tuviera veintitantos tacos, ni hubiera salido en las noticias ni yo estaría aporreando el teclado habiendo dormido anoche cuatro horas.
Me permito hacer un juicio de valor, completamente personal: ¿qué tiene de especialmente desdichado el caso de esta niña? ¿Cuántos no habrán pasado por infiernos peores? Dice que está harta de tomar tantas medicaciones, mientras enseñan cajas de digoxina, Aldactone y Capoten: el tratamiento estándar de la insuficiencia cardíaca (seguro que muchos de vuestros padres o abuelos toman lo mismo). Y yo pienso: si esta niña tuviera que pincharse insulina todos los días, ¿qué diría? ¿Se tiraría por un puente, por lo desafortunada que es?
Sea como fuere, la decisión corresponde a sus padres. Son ellos quienes deben decidir si su hija se opera o no, si bien se recomienda que se tenga en cuenta la opinión del niño. Entramos aquí ya en la figura del «menor maduro», un concepto de fácil comprensión pero definición bastante etérea. Y seguimos en las mismas: parece que lo mejor sería que la niña fuera trasplantada (o, al menos, que se incluyera en una lista de candidatos), pero ésta se niega. ¿Le hacemos caso a ella o al sentido común?
Esta vez, afortunadamente el sentido común juega a nuestro favor: no se trata de ser éticos, sino de ser prácticos. Una cosa está clara: en el caso de un trasplante, si el paciente dice que no, es que no. ¿Por qué? Simplemente, porque el seguimiento del tratamiento inmunosupresor ha de ser a rajatabla, algo que es imposible lograr sin la cooperación del enfermo.
Ya hemos resuelto el caso. Pero no me he quedado a gusto. Porque, si no fuera por lo que acabo de decir, ¿creéis que se debería obligar a la niña a tratarse, habida cuenta su edad?
Y dicho esto, yo me voy a dormir, que mañana a las siete tocan diana. Que descansen. Ah, y no me olvido de las entradas pendientes (G-LOC, dilema ético del tren…).
No sé en el resto de España, pero en Andalucía la mayoría de edad sanitaria es a los 16. Eso plantea dilemas muy «graciosos» cuando se hace guardia en un centro de salud y te viene a las cuatro de la mañana una chica de 17 años pidiéndote la píldora del día después. Y tú te acuerdas de tus ancestros y los suyos, «si le doy la píldora, a los padres les puede dar por denunciarme diciendo que le he dado un método abortivo a una menor de edad, si no se la doy me pueden denunciar por negarle asistencia a una persona que tiene la mayoría de edad sanitaria» ( recordemos que hay una fina línea entre aborto e intercepción para más de uno, que además mezclan conceptos, sobre todo a la hora de denunciar).
En el caso de esta niña me he quedado perpleja, con la sensación de que se mezclan las cosas y faltan datos. No tiene edad para decidir si quiere rechazar un transplante. ¿Sabemos las expectativas de vida que tiene a causa de la leucemia? ¿Si aguantaría un tratamiento con inmunosupresores para no rechazar el transplante teniendo en cuenta que padece leucemia? ¿Y que tiene que ver la muerte digna con esto?
Sophie
12 Nov 08 at 01:47
Uhmm, unos médicos hablando de Derecho y de Filosofía del Derecho… ¡Qué divertido! ¡Me voy a sentar a ver el espectáculo!
Un abrazo.
G-LXPF
G-LXPF
12 Nov 08 at 12:49
@Sophie:
En toda España ocurre así, Sophie (la misma ley que dije antes, la 41/2002). No obstante, creo que hablar de «mayoría de edad» no es del todo correcto, pues los 16 años afectan sólo al otorgamiento del consentimiento: por lo tanto, creo que no sería aplicable al ejemplo que pones. De todas formas, son ese tipo de sutilezas por las que G-LXPF salivaría de gusto empurándonos 😀
DISCLAIMER:
Y sí, antes de nada aclarar que, efectivamente, en este caso faltan datos. Escribí la entrada basándome en la escasa y, me apuesto algo, sesgada información que dan los periódicos. En efecto, como dices, hay muchas cosas que no se saben y que afectan a la decisión en cada caso concreto: sin ser especialista en el tema y haber estudiado la historia (que es lo que han hecho sus médicos y, en la medida de lo posible, los padres), es imposible que yo opine sobre lo acertado o desacertado de la decisión. Veo que no lo dejé claro al escribir la entrada anoche, y por eso lo hago ahora.
Lo único que está claro, porque es cosecha del periodista, y que fue lo que más me enervó, fue la mezcla que se hace de muerte digna / rechazo al trasplante.
@G-LXPF:
Sí, casi tanto como ver a un Juez dictando sentencias sobre temas médicos 😈 De todas formas, las referencias legales son sólo para contextualizarlo en el marco español, y no pretendo meterme en terreno de Filosofía del Derecho, sino de ética médica y Medicina Legal (las cuales son materias de la carrera de Medicina).
En cualquier caso, con lo del Derecho también habría mucho que discutir: Sophie ha puesto el ejemplo típico: el aborto y los 16 años. Es el mismo tipo de «paradoja legal» que permite que una mujer pueda mantener relaciones sexuales por encima de los 13 años (hablo de memoria) pero no pueda abortar hasta los 18. Curioso, ¿que no?
EC-JPR
12 Nov 08 at 17:36
Me apunto lo de los médicos togados… Habrá que crear también los tribunales de electricistas, arquitectos, albañiles, instaladores de aire acondicionado, suministradores de extintores…etc. Un nuevo sistema judicial inabarcable «made in EC-JPR»…
En fin…
G-LXPF
G-LXPF
13 Nov 08 at 00:01
Entonces, querido EC-JPR, nos encontramos ante un caso claro de demagogia por parte de quien dió la noticia, ¿no?
En cuanto al ejemplo que te cuento, aquí se llama «Mayoría de edad sanitaria», y la compi que lo vivió me lo contó así, que al poder tomar decisiones por sí mismos, los adolescentes que aún no tienen 18 años llegan y te piden la píldora y tú te acuerdas de todos tus antepasados. No es sólo cuestión de firmar el consentimiento, sino de tomar decisiones, no sé si me explico.
G-LXPF, en Medicina Legal nos enseñan, más que nada, a «no pillarnos los dedos», porque hoy en día hasta por estornudar puedes terminar en la trena mirando el techo desde tu camastro…
Sophie
13 Nov 08 at 12:26
@G-LXPF:
Tiene usted razón. Al fin y al cabo, si el Juez ha estudiado Derecho y preparado una durísima oposición es para poder dictar sentencia sobre temas de los que tiene un desconocimiento absoluto; no es necesario saber sobre aviación para determinar quien tuvo la culpa de que el avión se cayera. ¿Acaso no lo hacen los periodistas todos los días? ¡Pues un letrado, con razón de más!
No obstante, esa potestad no se aplica a otras profesiones que visten sin puñetas ni faldones: ¿cómo puede osar un arquitecto hablar sobre el Derecho que atañe a su profesión, pobre ignorante? ¿Cómo va a saber un médico los derechos de su paciente? ¡Para eso están los abogados!
Tiene usted toda la razón, señor mío.
@Sophie:
En efecto. Demagogia, y de la barata. La verdad es que no sé por qué me sorprende, si es casi lo único que hay hoy en los medios.
Y, respecto al ejemplo… no es por ser tocapelotillas, pero ¿podrías aportar alguna referencia legal? Porque la ley que comenté, y que yo sepa es de aplicación nacional, dice lo que dice… 😳
EC-JPR
13 Nov 08 at 23:53
Teniendo en cuenta el corporativismo imperante en todas las profesiones, las soluciones de tus órganos judiciales partirían para empezar de una desigualdad radical entre las partes, y para continuar el órgano judicial, que por naturaleza tiene que ser imparcial, tendría intereses en la resolución del caso. Así que de un plumazo has acabado con dos pilares fundamentales del Derecho Procesal: la igualdad de las partes y la independencia del juez. ¡Vamos, el ideal de justicia!
En segundo lugar, «¿ Cómo va a saber un médico los derechos de su paciente? No creo que haya ningún abogado del mundo que ponga en duda que los médicos saben los derechos de sus pacientes.
El Abogado no es el que dice que es Derecho o que deja de ser Derecho, eso es el juez, el cual para rellenar las lagunas de su conocimiento tiene a mano el Peritaje, que puede ser tanto de oficio como de parte. El papel del Abogado es la de defender a su cliente, porque el Proceso Judicial es complejo y son necesarios unos conocimientos, no de Medicina ni de Arquitectura (para eso están los peritos, que repito que pueden ser de oficio o a instancia de parte), sino de Derecho Procesal.
Así que sí, tu sistema gremial y medieval es idílico para el profesional, otra cosa es para perjudicado. Cuando te construyan una casa y se te caiga encima por un fallo en el cálculo de las estructuras, ya irás a un tribunal de arquitectos a ver si qué te dicen…
G-LXPF
14 Nov 08 at 00:55
Por cierto, un ejemplo claro lo tienes en el caso Mariluz… Cuando tiene que sancionar el CGPJ, es decir, los miembros de la judicatura, la sanción es de risa. En cambio, cuando sanciona el gobierno a la Secretaria Judicial la sanción se ajusta más a la gravedad del caso. Si tuviesen que sancionar los Secretarios Judiciales, que son los que realmente saben sobre la jefatura de la oficina judicial, no habría ni sanción ni nada… Eso sí, lo habrían juzgados los que saben del tema, los compañeros.
G-LXPF
14 Nov 08 at 00:58
Yo, leyendo las noticias que han ido saliendo los últimos días (y tu artículo), me quedo con que el dilema reside en que la muchacha es menor.
A mí personalmente me parece un berrinche (por mucho que la niña se explique con una claridad que ya quisiera para sí más de un adulto) y, si fuera el padre, dos sopapos y te tomas la sopa y mañana no sales. Pero claro, no soy el padre.
De hecho, no soy padre. Creo.
RinzeWind
15 Nov 08 at 12:13
RinzeWind, precisamente lo que hecho el tribunal es determinar que la cría es plenamente consciente de las consecuencias de su decisión, y que posee el grado de madurez suficiente para que su opinión sea tenida en cuenta. Supongo, que para tomar esta decisión se habrán basado en informes psicológicos más que en la elocuencia de la niña. Y no creo que lo hayan decidido de un día para otro, ni la niña, ni sus padres, ni el tribunal.
Hel
15 Nov 08 at 13:14
Un tema nada fácil. El tema de los menores y las decidiones que pueden o no tomar no tiene una línea separatoria clara. Pero estoy bastante de acuerdo en tu valoración especialmente si como dices la cooperación del paciente es clave para atajar el problema. Sinceramente me apena que esta niña abandone la lucha. Pero no es lo que yo opino lo que importa sino su opinión, la de los médicos y la de sus padres.
Una única pega: ¿políticos y media verdad? No escribas a malas horas que te vulves muy generoso 😉
Tall & Cute
15 Nov 08 at 20:36
@G-LXPF:
Si no fuera porque no te ha dado por la abogacía (o eso me parece, de momento), diría que tú mismo es el que ha insinuado que los médicos no podían hablar de Derecho. Aunque fuera el que estudian en la carrera. Aunque fuera el que atañe a sus pacientes.
En cuanto a las penas que se imponen en muchos casos, no pocas veces vienen motivadas por un desconocimiento de las circunstancias que concurren. ¡Qué fácil es mandar a alguien al paredón cuando no se sabe ni en qué consiste su trabajo! Si a mí me dicen que te voy a ver defendiendo un castigo demagógico como es el del Caso Mariluz… ¿¿qué coño sabe el Gobierno sobre Procesal que, según tú, es una materia bastante ardua??
Eso sí, en una cosa estoy de acuerdo contigo: afortunadamente existen los peritos 🙂
Y, por una vez, me alegra que comentes sobre el tema de la entrada (incumpliendo el protocolo «Tú escribe de lo que quieras que yo comentaré lo que me salga de las narices» 😀 ).
Un abrazo, jefe.
@RinzeWind:
Esa es la madre del cordero. Ya te digo que, si la niña tuviera treinta tacos, aquí primero paz y después gloria. Pero no es el caso.
Y por eso mismo, no sé hasta qué punto es un berrinche. Ya digo que hay muchos niños que pasan por cosas más jodidas que esa. Pero claro, eso no significa que ella también deba hacerlo. Por eso estoy de acuerdo con Hel: el tribunal y los padres ya se habrán asegurado muy mucho de que la niña realmente sabe lo que quiere.
@Hel:
Aunque en el comentario anterior te doy la razón, me gusta llevar la contraria y hacer debate. Así pues, si esta niña fuese holandesa, estuviera postrada en una cama por una malformación congénita y pidiera que la mandaran al otro barrio de una patada, ¿tú qué opinarías? 😈 🙂
@Tall & Cute:
Nada que añadir: estamos de acuerdo 🙂
EC-JPR
16 Nov 08 at 01:53
@EC-JPR: sí, pero incluso aunque el tribunal y los padres se hayan asegurado mucho, la situación es lo suficientemente atípica como para que haya una duda más que razonable. Precisamente por eso estamos aquí debatiendo.
RinzeWind
16 Nov 08 at 11:13
«si esta niña fuese holandesa, estuviera postrada en una cama por una malformación congénita y pidiera que la mandaran al otro barrio de una patada, ¿tú qué opinarías?»
Lo mismo que en el caso de la chica inglesa, que un juez decida si debe prevalecer su opinión o no. Lo que sí me gustaría saber es, qué habría pasado si los padres se hubieran opuesto a la decisón de su hija.
Hel
16 Nov 08 at 12:03
Dejando a parte el tema Mariluz, porque podríamos estar hasta las mil, me voy a referir al caso de la niña inglesa.
Según lo que he leído en la prensa británica el hospital demandó a los padres para quitarles la patria potestad, alegando que estos se oponían a un transplante que era necesario para su hija. Los padres contestaron diciendo que era su hija lo que había tomado la decisión de oponerse al transplante.
El juez mando a una asistente social (una de tus queridas peritos) para que comprobase si la niña tenía juicio o no, es decir, si era consciente de lo que acarreaba su decisión. La Asistente Social, después de hablar a solas con la niña, dijo que era consciente. De ahí que el Juez haya fallado a favor de los padres y les haya mantenido la patria potestad.
No dudo de la profesionalidad de la asistente social, pero lo cierto es que la habitación de la niña (una habitación sobrecargada de juguetes, peluches y todo con un color rosa muy hortera) no parecía la habitación de un adulto o incluso de una adolescente.
Y contestando a Hel, sin saber qué es lo que dice la Legislación y la Jurisprudencia Británica (que en el caso del derecho anglosajón es más importante la jurisprudencia que la legislación, al ser esta bastante excasa y consuetudinaria) dicen, me imagino que en caso de discrepancia entre la niña y los padres, se acabaría haciendo lo que dicen los padres. Al fin y el cabo, la niña es una menor, y son ellos los que tienen que firmar el permiso, ¿no es así, don EC-JPR?
Un abrazo, camarada.
G-LXPF
G-LXPF
16 Nov 08 at 17:04
@RinzeWind:
Sasto. Esa es la cuestión. Y eso es lo que me hace levantar la ceja, igual que a G-LXPF. Ahora me gustaría introducir un elemento más, que ya sería para sacar chispas: ¿qué piensa la niña que va a ocurrir cuando muera? ¿Que se va a pudrir en un cajón de madera, o que su angelito de la guarda la va a llevar al cielo con tía Gertrude y el abuelito Peter? Porque igual sería otro factor a tener en cuenta. Pero ya nos vamos del tema 😈
@Hel (y G-LXPF):
Estamos de acuerdo 🙂
En cualquier otro caso, apuesto a que se hubiera hecho lo que los padres decían. Pero, tratándose de un trasplante, hay que contar con la completa colaboración del trasplantado…
@G-LXPF:
Según he visto, el veredicto de madurez no lo dio sólo una asistente social, sino también el plantel de médicos que atendía a la pequeña. Pero vamos, eso es algo secundario. Por otra parte, yo también estoy contigo: ya opiné que, en base a lo que salía en el vídeo, no parecía un caso tan extremo y desdichado. En cualquier caso, la niña, los padres y los expertos opinan lo mismo, así que no hay nada que rascar. Y menos aún dándose el caso de que se trata de un trasplante. Oye, veamos el lado bueno: otro niño se aprovechará del corazón que quede disponible.
EC-JPR
16 Nov 08 at 23:07
Aunque llegue tarde, te lo comento: he buscado de mil maneras lo que te dije de la mayoría de edad sanitaria en mi bella comunidad autónoma y no hay ningún sitio ni papelito en el que se regule específicamente, sino que «se deduce de la misma», con lo que no me fío un pelo. Ante la duda, prefiero lo que has dicho tú, que sí se regula con claridad 🙂
Sophie
17 Nov 08 at 09:48
Hola guapo.
Supongo que habrás leído sobre la última que ha liado Berlusconi: saltándose una sentencia del Tribunal Supremo de su país, ha sacado una ley a toda prisa para evitar que pudiesen desconectar a una mujer que llevaba 17 años en estado vegetativo a causa de un accidente. La señora en cuestión había dejado un escrito aclarando que no quería permanecer en esa situación.
Estoy escribiendo sobre ello (Berlusconi me enerva) y quería enlazar este artículo, pero temo cagarla así que pido tu experta opinión. Este caso es uno de ensañamiento ¿no? No creo que sea un rechazo del tratamiento (no puede ser curativo: se limita a mantenerla con vida sin esperanzas de recuperación).
Al final, han dejado de suministrarle alimento a la mujer y hoy ha fallecido. Ahora queda hacer la autopsia para ver si se ha cometido un crimen.
almu
10 Feb 09 at 14:50
@almu:
Ains, gracias por lo de guapo (harías bien graduándote las gafas :P). Lo he leído, lo he leído. También las acusaciones de homicidio que hace la Iglesia (eso se llama calumnia, pero a ver quién se atreve a denunciarles).
Si te pica la curiosidad, sobre este tema hay en esta casa otras dos entradas (Sedaciones, eutanasia y doble moral y Sedación: un deber moral), porque es algo que me saca de quicio muchas veces.
No obstante, por lo que sé, en este caso no habría encarnizamiento terapéutico, ya que no hay desproporción de medidas ni éstas agresivas. Si no me equivoco (no conozco el caso), la madre del cordero era la sonda nasogástrica que alimentaba a Eluana, que forma parte de los cuidados paliativos (nutrición, hidratación, analgesia) que se le deben proporcionar a todo enfermo, así que en ningún caso se puede hablar de encarnizamiento. Pero, de todas formas, como seguro que tú tienes más información sobre el caso, te agradecería que me pasases algún link para que opine con más fundamento.
Por otra parte, y elucubrando completamente (activemos modo «conversación de barra de bar»), ¿no es raro que haya muerto de inanición en tres días? No sé: en el lugar de los médicos, y visto el cariz que estaba tomando la cosa… Una inyección de insulina pasa desapercibida fácilmente.
EC-JPR
10 Feb 09 at 17:18
Ya… imagino que por eso quieren hacerle ahora la autopsia. Pero, según Benedicto &Co. el mero hecho de haberle quitado la alimentación sería un «asesinato».
Sin embargo, si ha muerto de inanición (es la versión con la que contamos), tampoco pienso que se pueda hablar de eutanasia…
Te dejo los links, es sólo lo que he visto en la prensa hoy, no te creas que tengo más. Llevo dos semanas sin mirar internés.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/Fiscalia/encuentra/ahora/indicios/crimen/muerte/Eluana/Englaro/elpepusoc/20090210elpepusoc_2/Tes
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Obscena/carrera/elpepiopi/20090210elpepiopi_2/Tes
Almudena
11 Feb 09 at 00:11
Mañana, con más detenimiento, me leo los links. Pero, en cualquier caso, lo que dicen algunos miembros de Catholic Church, Inc. es mentira. Quitar la alimentación parenteral en ningún caso es asesinato (ni homicidio, ni eutanasia, ni pollas en vinagre) si el paciente así lo ha dispuesto en un Documento de Voluntades Anticipadas (que es como realmente se denomina al «Testamento vital»). En el DVA (concepto regulado en España por la ley 41/2002 de autonomía del paciente, y desarrollado por la legislación de cada Comunidad Autónoma) se pueden dejar instrucciones sobre qué quieres que te hagan (o no) cuando tú seas incapaz de expresarlo, así como nombrar un representante que tome decisiones en tu nombre. Entre las medidas que se admiten en el DVA está la retirada de medidas de soporte vital, cualesquiera que sean.
Claro que, ahora que caigo en la cuenta, según la lógica demencial de algunos, eso se puede considerar suicidio y es inmoral, en tanto que uno no es dueño de su cuerpo. Pero, afortunadamente, esta coletilla es sólo la opinión de unos chupacirios, no lo que pone en la ley.
Como dice el padre de Eluana, la Iglesia puede decir misa (ahora hago el gesto de «¿lo coges?») sobre lo que le salga del cimbel, lo cual no significa que alguien tenga que hacerles caso. La palabra de Dios, para el que crea en él: aquí nos atenemos a lo que dicen las leyes terrenales y los jueces humanos. Y estos ya lo dejaron bien claro.
En fin: como ves, Almudena, con este tema se me hincha la vena 🙂
EC-JPR
11 Feb 09 at 01:53
[…] y, lo que es incluso más grave: en contra de una sentencia del Tribunal Supremo. Al margen de posibles debates sobre eutanasia y derivados, se supone que las leyes están ahí para todos y los distintos poderes deben respetarse para […]
Porque a mí me sale de los huevos | Enchufa2
11 Feb 09 at 02:31